Cómo calcular la regalía pascual (Art. 219 CT)
┬┐Qu├® es la regal├¡a pascual?
La regalía pascual es un derecho irrenunciable de todo trabajador dominicano regulado por el Art. 219 del Código de Trabajo (Ley 16-92). Equivale a la 12ava parte del salario ordinario devengado en el año.
F├│rmula
Regalía = (Salario ordinario / 12) × meses trabajados en el año
┬┐Qui├®nes la reciben?
Todo trabajador con al menos 1 mes de trabajo en el a├▒o en curso. Incluye trabajadores dom├®sticos y agricolas.
┬┐Qu├® salario se considera?
El salario ordinario: salario base + comisiones regulares. NO incluye horas extras ni bonificaciones esporádicas (Art. 222 CT).
Plazo de pago
Debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada a├▒o. El no pago genera multas y embargo de cuentas bancarias.
Ejemplo: a├▒o completo
Empleado con salario RD$ 30,000 mensuales que trabaj├│ los 12 meses:
Regalía = (30,000 × 12) / 12 = RD$ 30,000
Ejemplo: a├▒o incompleto
Empleado contratado el 1 de junio con salario RD$ 25,000:
- Meses trabajados: junio-diciembre = 7 meses
- Regalía: (25,000 / 12) × 7 = RD$ 14,583.33
┬┐Cotiza TSS o ISR?
La regalía NO cotiza TSS (Art. 14 Ley 87-01) ni se considera salario gravable para ISR (Art. 299, párrafo I, Código Tributario). Es 100% libre para el trabajador.
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