Calculos

Cómo calcular la regalía pascual (Art. 219 CT)

Publicado 01 Mar 2026 · 3 vistas

┬┐Qu├® es la regal├¡a pascual?

La regalía pascual es un derecho irrenunciable de todo trabajador dominicano regulado por el Art. 219 del Código de Trabajo (Ley 16-92). Equivale a la 12ava parte del salario ordinario devengado en el año.

F├│rmula

Regalía = (Salario ordinario / 12) × meses trabajados en el año

┬┐Qui├®nes la reciben?

Todo trabajador con al menos 1 mes de trabajo en el a├▒o en curso. Incluye trabajadores dom├®sticos y agricolas.

┬┐Qu├® salario se considera?

El salario ordinario: salario base + comisiones regulares. NO incluye horas extras ni bonificaciones esporádicas (Art. 222 CT).

Plazo de pago

Debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada a├▒o. El no pago genera multas y embargo de cuentas bancarias.

Ejemplo: a├▒o completo

Empleado con salario RD$ 30,000 mensuales que trabaj├│ los 12 meses:

Regalía = (30,000 × 12) / 12 = RD$ 30,000

Ejemplo: a├▒o incompleto

Empleado contratado el 1 de junio con salario RD$ 25,000:

  • Meses trabajados: junio-diciembre = 7 meses
  • Regal├¡a: (25,000 / 12) ├ù 7 = RD$ 14,583.33

┬┐Cotiza TSS o ISR?

La regalía NO cotiza TSS (Art. 14 Ley 87-01) ni se considera salario gravable para ISR (Art. 299, párrafo I, Código Tributario). Es 100% libre para el trabajador.

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