Calculos

C├│mo calcular vacaciones seg├║n el C├│digo de Trabajo (Art. 180)

Publicado 10 Feb 2026 · 5 vistas

F├│rmula oficial (Art. 180 CT)

El Código de Trabajo (Ley 16-92) establece que todo trabajador con más de 1 año en la empresa tiene derecho a vacaciones pagas, calculadas con un divisor especial de 23.83 días.

Días según antiguedad

  • 1 a 5 a├▒os: 14 d├¡as de vacaciones
  • M├ís de 5 a├▒os: 18 d├¡as de vacaciones

Salario diario vacacional

Se calcula así:

Salario diario = Salario mensual / 23.83

Ejemplo

Empleado con salario RD$ 30,000 y 3 a├▒os de antig├╝edad:

  • D├¡as: 14
  • Diario: 30,000 / 23.83 = RD$ 1,258.92
  • Pago vacacional: 14 ├ù 1,258.92 = RD$ 17,624.84

┬┐Por qu├® divisor 23.83 y no 30?

Es una compensación legal: las vacaciones se pagan ligeramente mayores que el salario diario regular (que sería 30,000 / 30 = 1,000). La diferencia (~25%) es la prima vacacional.

Anticipo obligatorio

El Art. 177 CT exige que el pago se realice el d├¡a ANTES del inicio del disfrute. NomiCount soporta este flujo y tambi├®n la compensaci├│n monetaria (Art. 180 p├írrafo).

┬┐Cotizan TSS?

Sí, las vacaciones son salario cotizable. Lee más sobre TSS aquí.

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