C├│mo calcular vacaciones seg├║n el C├│digo de Trabajo (Art. 180)
F├│rmula oficial (Art. 180 CT)
El Código de Trabajo (Ley 16-92) establece que todo trabajador con más de 1 año en la empresa tiene derecho a vacaciones pagas, calculadas con un divisor especial de 23.83 días.
Días según antiguedad
- 1 a 5 años: 14 días de vacaciones
- Más de 5 años: 18 días de vacaciones
Salario diario vacacional
Se calcula así:
Salario diario = Salario mensual / 23.83
Ejemplo
Empleado con salario RD$ 30,000 y 3 a├▒os de antig├╝edad:
- Días: 14
- Diario: 30,000 / 23.83 = RD$ 1,258.92
- Pago vacacional: 14 × 1,258.92 = RD$ 17,624.84
┬┐Por qu├® divisor 23.83 y no 30?
Es una compensación legal: las vacaciones se pagan ligeramente mayores que el salario diario regular (que sería 30,000 / 30 = 1,000). La diferencia (~25%) es la prima vacacional.
Anticipo obligatorio
El Art. 177 CT exige que el pago se realice el d├¡a ANTES del inicio del disfrute. NomiCount soporta este flujo y tambi├®n la compensaci├│n monetaria (Art. 180 p├írrafo).
┬┐Cotizan TSS?
Sí, las vacaciones son salario cotizable. Lee más sobre TSS aquí.